Custodia y Visita de Niños en California

Abogado De Custodia Orange County Que Pelea Por Sus Derechos

Custodia Y Visitas De Ninos – Que Los Padres Tendra Que Saber

3020(A) de la sección de Código de Familia de California proporciona la base de partida cuando se trata el tema de la custodia de los hijos. Afirma que la legislatura de California encuentra y declara que es la política pública de California para asegurar que la salud, la seguridad y el bienestar de los niños será la principal preocupación de la corte para determinar el mejor interés de los niños cuando hace órdenes con respecto a la custodia física o jurídica o visitas de los niños.

Los jueces y tribunales de familia, a continuación, examinar y sopesar la evidencia en acciones legales o procedimientos relacionados con el tema de la custodia de los hijos con un estándar de “mejor interés” en que sus decisiones. Ya que la principal preocupación y política pública de California es asegurar la salud, la seguridad y el bienestar de los niños, los jueces del Tribunal de familia evaluará si un fallo por la custodia legal o física o visita es uno que está en el mejor interés de los niños.

California Familia Código sección 3020 va a decir, bajo la subsección (b) de dicho código, que es la política pública de este estado para asegurar que los niños tienen contacto frecuente y continuo con ambos padres después de que los padres tienen separados o disuelto su matrimonio o terminado su relación y para alentar a los padres a compartir las responsabilidades de crianza para efectuar esta política, excepto donde el contacto no sería en el mejor interés del niño, como se prevé en la sección 3011 del código de familia.

Hay reconocimiento como se ve en la sección 3020(b) que los niños deben recibir y tener contacto frecuente y continuo con ambos padres. Cuando los jueces del Tribunal de familia tratan de moda órdenes de custodia o visitas, intentará tales órdenes de moda (después de pesar el mejor interés de los niños) que ambos padres se asegura de tener contacto frecuente y visitas con sus hijos. Por lo tanto, los padres no necesariamente ganar alguna ventaja sobre el otro progenitor si uno de ellos decide presentar una demanda de divorcio, una petición de custodia y visitas o incluso una petición de paternidad primero antes que el otro padre. Parece que existe una visión realista que “primera presentación” permitirá a uno de los padres para obtener ventaja sobre el otro en una disputa de custodia o visitas. Los códigos de familia de California destaca y reconoce la importancia de que los niños deben recibir frecuentes y contacto con ambos padres, en el caso si ese acuerdo es, de hecho en el mejor interés de los niños. De hecho, en el caso de Enrique M. v. V. Angelina, 174 Cal App 4th 1148, 94 Cal Rptr 3rd 883 (2009), se declaró que la Corte Suprema de Estados Unidos ha apoyado el mejor estándar de interés para dirimir controversias entre los padres de custodia y más que un Tribunal de California está obligado a resolver en el mejor interés del niño.

Se recuerda a los padres por el código de familia que el mejor interés de los niños es lo primero sobre cualquier otro interés, incluyendo a los padres de familia ley casos.

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