Orden De Restricción Abogado en Fullerton

Ordenes De Restricción Por Medio Del Código Familiar En California

Las órdenes de restricción en el área del derecho de familia son las órdenes que el juez o comisionado hace después de una audiencia que restringe la conducta de una persona implicada en una acción legal, y que se hace para proteger la paz y la seguridad de la otra parte implicada en la misma acción. Código de Familia de California Secciones 6200-6409, La Prevención de la Violencia Doméstica, describen si un tribunal debe emitir un interdicto o una orden de protección.

Restricción o las órdenes de protección pueden impedir la conducta personal de una persona, puede exigir a una persona que se mantenga alejado de la parte protegida, puede requerir que una parte se mueve de una residencia particular puede contener un grupo de transferencia, la venta o la compra de cualquier personal o bienes, o pueden requerir una parte a seguir para pagar una obligación o deuda en curso. Si el tribunal determina que una parte ha cometido actos de violencia doméstica, el tribunal puede exigir a una parte que no posee un arma de fuego o municiones. Restricción en la conducta personal que incluye una parte no acose , ataque, ataque , amenazar, asalto de cualquier manera , golpe , seguir , acosar , molestar , destruir la propiedad de otro , o de alterar la paz de otro . En el caso de que un partido es capaz de demostrar que otro ha cometido efectivamente la violencia doméstica, el tribunal también puede extender las órdenes de alejamiento o de protección a aplicar a los miembros nombrados de la familia y del hogar .

Una persona puede solicitar y pedir a la corte para estas órdenes de restricción mediante el uso de formularios del Consejo Judicial de partida con el número de formulario DV- 100, Solicitud de Violencia Doméstica Órdenes de Restricción. En los hijos de eventos están involucrados en un caso en el que se buscan las órdenes de alejamiento, una persona puede solicitar que el tribunal adopte una decisión relativa a las cuestiones de custodia, visitas y manutención de los hijos. Una audiencia será necesaria en el caso de que una parte pide órdenes de restricción permanente. Un partido que está buscando órdenes de alejamiento se debe notificar a la otra parte con los formularios que se abren o se inició la solicitud de órdenes de restricción. La otra parte se da la oportunidad de ser escuchados y de responder a las acusaciones de que él o ella tiene acciones comprometidas que se consideraría la violencia doméstica en el marco del Código de Familia. Sección 6211 del Código de Familia de California define la violencia doméstica como el abuso perpetrado contra cualquiera de las siguientes personas:

  • El cónyuge o ex cónyuge
  • Una pareja de hecho conviviente o ex
  • Una persona con la que el demandado está teniendo o ha tenido una relación de noviazgo o compromiso
  • Una persona con la que el demandado ha tenido un hijo, donde se aplica la presunción de que el progenitor masculino es el padre del hijo de la mujer bajo la Ley Uniforme de Paternidad (Parte 3 y comenzando con la Sección 7600 de la División 12);
  • Un niño de un partido o de un niño que es el sujeto de una acción bajo la Ley Uniforme de Padres , donde se aplica la presunción de que el progenitor masculino es el padre del niño a estar protegido
  • Cualquier otra persona relacionado por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado

Órdenes de restricción y órdenes de protección puede durar uno, tres o cinco años, dependiendo de las circunstancias de cada caso y de la decisión judicial.

Si usted está en necesidad de obtener órdenes de alejamiento o de protección, o si es necesario de la defensa contra las acusaciones de violencia doméstica, donde las órdenes de alejamiento se buscan en contra de usted, usted necesita ponerse en contacto con un abogado con experiencia que se encarga de estos casos sobre una base regular. Póngase en contacto con el Abogado David González de la Firma González inmediatamente para una consulta. Él puede ser alcanzado en 877-345-2997. Su firma representa a muchos clientes con el derecho de familia, divorcio y problemas de custodia. También tiene experiencia representando a clientes que han sido acusados de cargos penales relacionados con la violencia doméstica. Su oficina cobra honorarios razonables de representación.